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Tipo de antena individual o colectiva

Iniciado por frankk19992, Ene 05, 2019, 14:45:29

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frankk19992

Buenas tardes, acabo de comprar un fonestar rds 584 whd y no tengo idea de nada  :{ la duda es : qué tipo de antena tengo que poner individual o celectiva? muchas gracias!!
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Neo1969

Cita de: frankk19992 en Ene 05, 2019,  14:45:29
Buenas tardes, acabo de comprar un fonestar rds 584 whd y no tengo idea de nada  :{ la duda es : qué tipo de antena tengo que poner individual o celectiva? muchas gracias!!

Hola,
pues si vives en un edificio tendrá una antena comunitaria y si vives en vivienda unifamiliar deberás colocar una antena individual( para tu casa)

Saludos.
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repollo

Cita de: frankk19992 en Ene 05, 2019,  14:45:29
Buenas tardes, acabo de comprar un fonestar rds 584 whd y no tengo idea de nada  :{ la duda es : qué tipo de antena tengo que poner individual o celectiva? muchas gracias!!
Buenos dias aunque vivas en un edificio si puedes poner individual en tu fachada seria mejor puedes disfrutar de mas canales que con una colectiva que esta mas limitada.
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frankk19992

 y por último qué emu instalo el 102 o el 103? es que el 103  no lo encuentro, muchísimas gracias de verdad!
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Neo1969

Cita de: repollo en Ene 05, 2019,  15:22:11
Cita de: frankk19992 en Ene 05, 2019,  14:45:29
Buenas tardes, acabo de comprar un fonestar rds 584 whd y no tengo idea de nada  :{ la duda es : qué tipo de antena tengo que poner individual o celectiva? muchas gracias!!
Buenos dias aunque vivas en un edificio si puedes poner individual en tu fachada seria mejor puedes disfrutar de mas canales que con una colectiva que esta mas limitada.

Eso depende esta legislado con Real Decreto Ley 1/1998.
Y entra la comunidad y la legislación municipal, depende de donde vivas y la permisividad de la legislación y  la tolerancia de tus vecinos.

Saludos.
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repollo

Cita de: frankk19992 en Ene 05, 2019,  15:37:46
y por último qué emu instalo el 102 o el 103? es que el 103  no lo encuentro, muchísimas gracias de verdad!

Pasate por este hilo que te pongo el compañero, Tuningmegane lo tiene puesto creo es lo que pides.

http://www.zona-satelite.es/index.php?topic=172944.0
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repollo

Cita de: Neo1969 en Ene 05, 2019,  15:40:14
Cita de: repollo en Ene 05, 2019,  15:22:11
Cita de: frankk19992 en Ene 05, 2019,  14:45:29
Buenas tardes, acabo de comprar un fonestar rds 584 whd y no tengo idea de nada  :{ la duda es : qué tipo de antena tengo que poner individual o celectiva? muchas gracias!!
Buenos dias aunque vivas en un edificio si puedes poner individual en tu fachada seria mejor puedes disfrutar de mas canales que con una colectiva que esta mas limitada.

Eso depende esta legislado con Real Decreto Ley 1/1998.
Y entra la comunidad y la legislación municipal, depende de donde vivas y la permisividad de la legislación y  la tolerancia de tus vecinos.

Saludos.
Hola por la ley que hablas nadie tendría aire acondicionado en su casa.
un saludo
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Neo1969

No es lo que hablo yo compañero,es lo que dice la ley,te copio extracto del Articulo 6, publicado en el BOE:

Artículo 6. Obligación de instalación de la infraestructura.

1. Será obligatoria la instalación de la infraestructura regulada en este Real Decreto-ley en las edificaciones ya concluidas antes de su entrada en vigor o que se concluyan en el plazo de ocho meses desde que ésta se produzca, si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que el número de antenas instaladas, individuales o colectivas, para la prestación de servicios incluidos en el artículo 1.2, sea superior a un tercio del número de viviendas y locales. En este caso, aquéllas deberán ser sustituidas, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, por una infraestructura común de acceso a servicios de telecomunicaciones. Si se superase el límite referido después de la citada entrada en vigor, el plazo de seis meses se computará desde el día en que se produzca esa circunstancia.

Será a cargo de quienes tengan instaladas las antenas para la recepción de servicios, el coste de la infraestructura, de su instalación y de la retirada de la preexistente, sin perjuicio de que si se beneficiare de la nueva infraestructura algún otro propietario de piso o local o, en su caso, algún arrendatario del edificio, deberán éstos participar en el coste, en la proporción correspondiente.

b) Que la Administración competente, de acuerdo con la normativa vigente que resulte aplicable, considere peligrosa o antiestética la colocación de antenas individuales en un edificio. En este supuesto, quienes deseasen la recepción de los servicios, a los que se refiere el artículo 1.2 de este Real Decreto-ley, deberán sufragar el coste de instalación de la infraestructura, sin perjuicio de repercutir en los propietarios de los demás pisos o locales o, en su caso, en los arrendatarios el importe de la inversión, en la proporción correspondiente, si éstos solicitaren servirse de aquélla.

2. No se tendrá que instalar la infraestructura citada en aquellos edificios construidos que no reúnan condiciones para soportarla, de acuerdo con el informe emitido al respecto por la Administración competente.
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Neo1969

#8
Eso sin entrar en normativas municipales, hay ayuntamientos donde no puedes poner una parabòlica,en un edificio de viviendas ,por que lo prohiben las ordenanzas.

Saludos.
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repollo

Cita de: Neo1969 en Ene 05, 2019,  17:18:55
Eso sin entrar en normativas municipales, hay ayuntamientos donde no puedes poner una parabòlica,en un edificio de viviendas ,por que lo prohiben las ordenanzas.

Saludos.
Hola ya veo que sabes mucho de leyes, pero en ningún momento te dicho que no fuera verdad lo que dices ,lo que he querido decir es que si tu miras a tu alrededor veras cientos de antenas parabólicas colgadas en fachadas y aires acondicionados que seguro no cumplen la norma a la que te refieres.
(Tienes razón me doy por enterado)
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